La Ley 10/2019 de cambio climático y transición energética de Baleares preveía, en su disposición adicional tercera, un calendario: desde el 1 de enero de 2025, prohibida la circulación de motocicletas y turismos diésel; desde el 1 de enero de 2035, prohibida la de los que no fueran de cero emisiones.
Esa prohibición del diésel ya no existe. Y no es que esté suspendida ni en el aire: la derogó una ley. El artículo 26.14 de la Ley 7/2024, de 11 de diciembre, dio nueva redacción a esa letra, que hoy dice literalmente:
"Las restricciones de circulación en las Illes Balears de motocicletas y turismos que utilicen combustibles fósiles vendrán definidas de acuerdo con la normativa estatal por razón de la materia, o bien mediante los planes de reducción de emisiones en movilidad terrestre que marque el Plan de Transición Energética de las Illes Balears."
Es decir: donde había una fecha y una prohibición, ahora hay una remisión a lo que diga el Estado y a los planes autonómicos de emisiones. Puedes comprobarlo tú mismo en el texto consolidado del BOE, que enlazamos abajo.
Resumen práctico a día de hoy: puedes traer y matricular un diésel en Baleares. Lo que sí hay que mirar es otra cosa.
Está en vigor desde el 22 de diciembre de 2024 y cubre el interior de las avenidas y la fachada marítima. Y aquí está la clave: filtra por etiqueta de la DGT, no por combustible. Un diésel con etiqueta C entra sin problema hoy.
| Periodo | No pueden entrar |
|---|---|
| Hasta el 31-12-2026 | Turismos sin distintivo |
| Desde el 01-01-2027 | Sin distintivo y etiqueta B |
| Desde el 01-01-2030 | También la etiqueta C: solo ECO y CERO |
El control es por cámaras de lectura de matrícula con consulta a la DGT, así que no hace falta pegatina física si la DGT tiene la clasificación. La sanción es infracción grave: 200 €. Hay excepciones y autorizaciones para empadronados, propietarios e inquilinos de inmuebles, negocios, personas con movilidad reducida, carga y descarga, hoteles, talleres, centros sanitarios, aparcamientos públicos, taxis, VTC, autobuses y vehículos históricos.
Esto es muy relevante mientras se tramita la matriculación. Un coche con matrícula extranjera no tiene etiqueta de la DGT, así que para entrar en la ZBE debe inscribirse en el registro de autorizaciones. Los requisitos, fijados para circular hasta el 31 de diciembre de 2026: gasolina Euro 3 o superior, diésel Euro 4 o superior. Para residentes y propietarios, la autorización dura como máximo 6 meses y para renovarla hay que matricular el coche en España. Para visitantes temporales, 30 días naturales, con solicitud al menos 5 días naturales antes.
Y un detalle que sorprende a todo el mundo: la autorización de residente o propietario es solo para circular, no para estacionar dentro de la ZBE. Los visitantes temporales sí pueden aparcar.
La ITV. La periodicidad la fija el RD 920/2017, art. 6.1, y es la misma para todos los turismos de uso privado: exentos hasta los 4 años, cada dos años a partir de ahí y anual pasados los 10. No distingue por combustible, así que un eléctrico no va menos veces. (De las tarifas por combustible en Mallorca no hemos encontrado la tabla del Consell, así que no damos cifras.)
Aquí está la diferencia económica real entre un motor y otro, y no tiene nada que ver con prohibiciones:
Esto último es opinión nuestra a partir de los datos de arriba, no un dato. Los datos son las tablas.
No. La Ley 10/2019 lo preveía, pero esa prohibición fue derogada: el artículo 26.14 de la Ley 7/2024 reescribió ese apartado, que ahora remite a la normativa estatal y a los planes autonómicos de emisiones.
No. No hubo sentencia. Primero se suspendió por un acuerdo de la Comisión Bilateral de 2019 y después se derogó por ley, con la Ley 7/2024.
Esa sigue vigente: desde el 1 de enero de 2035 no podrán circular en Baleares motocicletas, turismos, furgones y furgonetas que no sean libres de emisiones, salvo las excepciones que se establezcan por reglamento. No hay excepción automática para los coches que ya estén aquí.
Depende de la etiqueta, no del combustible. Hoy solo quedan fuera los que no tienen distintivo. Desde el 1 de enero de 2027 tampoco podrá entrar la etiqueta B, y desde el 1 de enero de 2030 tampoco la C.
No tiene etiqueta de la DGT, así que hay que inscribirlo en el registro de autorizaciones de la ZBE: mínimo Euro 3 en gasolina o Euro 4 en diésel. Para residentes, seis meses como máximo, y para renovar hay que matricularlo en España. Ojo: esa autorización permite circular, pero no estacionar dentro de la zona.
No. La periodicidad es la misma para todos los turismos de uso privado: exento hasta los 4 años, bienal después y anual pasados los 10.
El impuesto de matriculación pasa de hasta el 16 % en Baleares a 0 %, y en Palma la bonificación del impuesto de circulación es del 75 % para etiqueta CERO.
Datos comprobados en sus fuentes el 25 de septiembre de 2026. La normativa fiscal cambia: si lees esto mucho después, confírmalo o pregúntanos.
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